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jueves, 19 de junio de 2008

ZAPATERO: ¿PARA QUE SIRVE LA CONSTITUCIÓN?.

EN SEPTIEMBRE PRESENTAN LA LEY.

El Gobierno vasco anuncia que a partir de 2009 no se podrá estudiar en castellano.





En pos de marginar el castellano y conseguir la ansiada inmersión lingüística, la diputada nacionalista de EA, Idoia Cuadra, ha confirmado que el próximo curso será el último en el que los niños puedan elegir el castellano como lengua vehicular. Según informa El Mundo, el modelo de educación en español será eliminado para dejar únicamente el vascuence.





La medida se ha encontrado con la oposición frontal del PP y del PSOE que han denunciado el recorte del derecho de elección de los padres.





CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA.






Artículo 3.





1. El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla.






Artículo 4.






2. Los Estatutos podrán reconocer banderas y enseñas propias de las Comunidades Autónomas. Estas se utilizarán junto a la bandera de España en sus edificios públicos y en sus actos oficiales.






Artículo 8.





1. Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire, tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional.





Artículo 9.





1. Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.





2. Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.





3. La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.







Artículo 10.>





1. La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la Ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social.





2. Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los Tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España.






Artículo 14.





Los españoles son iguales ante la Ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.





Artículo 16.





1. Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la Ley.






Artículo 27.





1. Todos tienen el derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza.






3. Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.






8. Los poderes públicos inspeccionarán y homologarán el sistema educativo para garantizar el cumplimiento de las Leyes.





Artículo 30.





1. Los españoles tienen el derecho y el deber de defender a España.





Artículo 39.





1. Los poderes públicos aseguran la protección social, económica y jurídica de la familia.





2. Los poderes públicos aseguran, asimismo, la protección integral de los hijos, iguales estos ante la Ley con independencia de su filiación y de la madre, cualquiera que sea su estado civil. La Ley posibilitará la investigación de la paternidad.





Artículo 138.





1. El Estado garantiza la realización efectiva del principio de solidaridad consagrado en el artículo 2 de la Constitución, velando por el establecimiento de un equilibrio económico, adecuado y justo entre las diversas partes del territorio español, y atendiendo en particular a las circunstancias del hecho insular.





2. Las diferencias entre los Estatutos de las distintas Comunidades Autónomas no podrán implicar, en ningún caso, privilegios económicos o sociales.





Artículo 139.





1. Todos los españoles tienen los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio del Estado.





2. Ninguna autoridad podrá adoptar medidas que directa o indirectamente obstaculicen la libertad de circulación y establecimiento de las personas y la libre circulación de bienes en todo el territorio español.





Artículo 155.





1. Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras Leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general.





De todos los apartados anteriores y muchos mas que no cito para no extenderme, no se cumple ni uno solo y Vd. es el responsable.






Vd prometió cumplir y hacer cumplir la Constitución y, no es capaz, no quiere, no le interesa o no sabe hacerlo. La historia le juzgarà como "Traidor" a España y a su Constitución.

5 comentarios:

  1. Toda esta historia me recuerda cuando, según cuentan las crónicas, llegaban al Nuevo Mundo, leyes reales que disgustaban a los chulitos de la época y poniendose la norma sobre la cabeza decían aquello de "Se acata, pero no se cumple"

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  2. Respecto a ese texto ambiguo e invertebrado que debería servir para cimentar la sociedad y el Estado, preguntas que para qué sirve.

    ¿Que para qué sirve la constitución?; ¿estás seguro de que quieres que te lo diga?.

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  3. A veces me dan ganas de dejarlos un par de años a ver de qué viven, pero la mayoría de los vascos no tienen la culpa.

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  4. Además, carlos, yo cambiaría la pregunta (creo que la constitución no está mal del todo, pero que se hizo con prisas) por:
    ¿para qué coño sirve el Tribunal Constitucional?

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  5. Os respondo yo:

    Todo sirve según el interés perseguido.

    He dicho.

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