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lunes, 21 de junio de 2010

Carta de nuestro compañero Piocastr a Marina Geli Fabrega



Honorable Sra. Marina Geli Fàbrega:

Someto a su consideración esta mi opinión:
Todo comportamiento sexual y toda opción merece mi respeto al igual que la condición de cada persona sea la que fuere. Pero a efectos de legislación y de financiación con fondos públicos le ruego que, como idea, no se fomente, no se estimule el conocimiento y no se eleven a la categoría de normal las prácticas que, siendo muy minoritarias, suponen desviación o perversión de las conductas, prácticas y comportamientos que son normales y naturales en las especies humana y animal.
Estoy pensando en la formación de mis hijos y de los suyos que, a su tiempo, necesitan de formación sexual tutelada o pactada entre padres y maestros y que en este momento tienen a su disposición manuales aberrantes que no quiero para mis hijos. Y menos que esos manuales sean financiados y fomentados por las Administraciones Públicas.
Aprovecho la oportunidad para saludarla atentamente.

7 comentarios:

  1. Muy acertado tu comentario Pio. Lo que hace esa tipa no tiene nombre. Se me ocurren muchos calificativos para la conducta y para la persona de semejante engendro pero sólo diré:
    art 181 código penal: El que, sin violencia o intimidación y sin que medie consentimiento, realizare actos que atenten contra la libertad o indemnidad sexual de otra persona, será castigado, como responsable de abuso sexual, con la pena de prisión de uno a tres años o multa de dieciocho a veinticuatro meses.
    La misma pena se impondrá cuando el consentimiento se obtenga prevaliéndose el responsable de una situación de superioridad manifiesta que coarte la libertad de la víctima.
    Art 184 CP.- El que solicitare favores de naturaleza sexual, para sí o para un tercero, en el ámbito de una relación laboral, docente o de prestación de servicios, continuada o habitual, y con tal comportamiento provocare a la víctima una situación objetiva y gravemente intimidatoria, hostil o humillante, será castigado, como autor de acoso sexual, con la pena de prisión de tres a cinco meses o multa de seis a 10 meses.
    Si el culpable de acoso sexual hubiera cometido el hecho prevaliéndose de una situación de superioridad laboral, docente o jerárquica, o con el anuncio expreso o tácito de causar a la víctima un mal relacionado con las legítimas expectativas que aquélla pueda tener en el ámbito de la indicada relación, la pena será de prisión de cinco a siete meses o multa de 10 a 14 meses.
    art 189.- l que haga participar a un menor o incapaz en un comportamiento de naturaleza sexual que perjudique la evolución o desarrollo de la personalidad de éste, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año.

    5. El que tuviere bajo su potestad, tutela, guarda o acogimiento a un menor de edad o incapaz y que, con conocimiento de su estado de prostitución o corrupción, no haga lo posible para impedir su continuación en tal estado, o no acuda a la autoridad competente para el mismo fin si carece de medios para la custodia del menor o incapaz, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o multa de seis a 12 meses.
    Por tanto esa tiparraca debería estar EN LA CARCEL

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  2. muy delicado para quien corrompe a menores, pero eso le honra, porque seguro que-como a servidora- el cuerpo le pide otra cosa...por cierto ¿por qué tanta manga ancha con lo que hacen con los cuerpos algunos y su injerencia en las mentes de nuestros hijos y tanta milonga por una simple expresión oral..? eso ni profana ni mancha ¿libertinaje de culos y lenguas quietas..?

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  3. Muy oportuna tu carta, Pío !y ojalá cundan cartas como la tuya para concienzar mentes adormecidas y acatadoras de cualquier idiotez...siempre que surjan de mentes izquierdozas de la ceja!

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  4. Muy bien todo, salvo el encabezamiento; protocolo aparte, esa guarra no es honorable, en absoluto.

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  5. Como bien se dice en un comentario anterior al mío, esa sujeto, de honrable no tiene nada. Y de corrupción de menores todo, en otro anterior. De ahí la suavidad y permisividad de leyes con pederastas y ese tipo de ralea.

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  6. Algún juez dirá que este tipo de actuaciones favorece el desarrollo intelectual y físico de la personalidad infantil. Vamos j*didos.

    Un abrazo.

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  7. Anoche en El Gato al Agua pusieron parte del contenido de esa página web. Es pornografia pura y dura; asquerosa, aberrante, zafia, burda y todos los calificativos que se quieran añadir. Es una guia que induce a los adolescentes a convertir sus relaciones en pura animalidad.

    Aún se quedo corto Eduardo Garcia Serrano con sus criticas a la tal Marina Geli, porque yo le hubiera dicho cosas mucho peores.

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