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viernes, 3 de julio de 2009

CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978

Art 1.2: La soberanía nacional reside en el Pueblo Español del que emanan los poderes del estado.



Art 2: La constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación Española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza la autonomia de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.



Art 3.1:
El castellano es la lengua española oficial del estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla.



Art 8.1: Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, La Armada, y el Ejército del Aire, tienen como misión garantizar la soberanía y la independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional. (¿ a que no sorpende que Zapatero haya puesto de ministra de defensa a una nacionalista catalanista antiespañola?)



Art 11.2: Ningún español de origen será privado de su nacionalidad.



Art 14: Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión, o cualquier otra condición o circustancia personal o social.



Art 15: Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura o tratos inhumanos o degradantes. (...)



Art 30.1: Los españoles tienen el derecho y el deber de defender España.



Art 56.1: El rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia (...)



Art 61.1: El rey, al ser proclamado ante las Cortes Generales, prestará juramento de desempeñar fielmente sus funciones, guardar y hacer guardar la constitución y las leyes y respetar los derechos de los ciudadanos y de las comunidades autónomas.



Art 138.1: El Estado garantiza la realización efectiva del principio de solidaridad consagrado en el articulo 2 de la Constitución, velando por el establecimiento de un equilibrio economico, adecuado y justo entre las diversas partes del territorio español, y atendiendo en particular a las circustancias del hecho insular.



Art 138.2: Las diferencias entre los estatutos de las distintas comunidades autonomas no podrán implicar, en ningún caso, privilegios economicos o sociales.



Art 139: Todos los Españoles tienen los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio del Estado.



Art 145.1: En ningun caso se admitirá la Federación de comunidades autónomas.



Art 155.1: Si una comunidad autonoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al presidente de la comunidad autonoma, y en el caso de no ser atendido, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquella al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general.




Después de 30 años de mentira, de falsa democracia, de ataques constantes a la constitución. Hoy día con un Gobierno de la Nación y una Jefatura del Estado cómplices en este ataque a nuestra constitución y culpables de Alta Traición a la Patria.... ¿que nos queda? ¿Que podemos hacer? ¿tendrá que levantarse el pueblo?.




Ni el Rey ni el Gobierno cumplen con sus obligaciones constitucionales.




Que Dios nos ayude porque España ha muerto.




¡¡¡¡viva españa!!!!!

3 comentarios:

  1. ¿ Esto es parte de ese "papelito", como fue llamado por la Vice ?...Pues ya sabemos lo que están dispuestos a respetarla y a defenderla.
    Efectivamente...España D.E.P.

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  2. "¿Qué podemos hacer? ¿Qué nos queda?"

    Aplicar, cuando se pueda y se deba: El art. 102 de la Constitución:

    Art. 102 Constitución Española:
    1. La responsabilidad criminal del Presidente y los demás miembros del Gobierno será exigible, en su caso, ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.
    2. Si la acusación fuere por traición o por cualquier delito contra la seguridad del Estado en el ejercicio de sus funciones, sólo podrá ser planteada por iniciativa de la cuarta parte de los miembros del Congreso, y con la aprobación de la mayoría absoluta del mismo.
    3. La prerrogativa real de gracia no será aplicable a ninguno de los supuestos del presente artículo.

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  3. Con constituta o (preferiblemente), sin ella, lo que si está claro es que si algún día España llegara a renacer de sus actuales cenizas, a TODOS los traidores habría que ahorcarlos en público y como dicen los ingleses, "alto y corto"; precisamente por éso, por traidores.

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